El Consejo de la Unión Europea ha publicado una directiva que actualiza la regulación de la protección sanitaria relacionada con sustancias radiactivas en aguas destinadas al consumo humano. Este organismo considera que el control de los niveles de sustancias radiactivas en estas aguas deben adoptarse en una legislación específica. La normativa existente hasta ahora definía unos parámetros para sustancias radiactivas de manera genérica, en el ámbito de aplicación de las normas básicas del Tratado de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, que data de 1957.

Una de las actualizaciones más destacables es la incorporación del Radón como parámetro para evaluación de las aguas destinadas al consumo humano debido a la gran variabilidad geográfica de su presencia natural.

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El Consejo de Ministros aprobó el 14 de marzo, un Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 867/2008 de reglamentación técnico sanitaria de los preparados para lactantes y de los preparados de continuación. De esta forma la Directiva 2013/46/CE se incorpora a la legislación espanyola.

La modificación introduce dos cambios que implican la autorización de la comercialización de los preparados para lactantes, de los preparados de continuación elaborados a partir de proteínas de leche de cabra y de los preparados de continuación a base de hidrolizados de proteínas de lactosuero, con un contenido de proteínas de 1,9 g/100 kcal (0,47 g/100 kJ).

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El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se fusionan el Instituto Nacional de Consumo y la Agencia Española de Seguridad Alimentari. Esta fusión mejora la eficacia y eficiencia la gestión de la Administración General del Estado e implica un ahorro anual de 360.000 euros.

El nuevo organismo se denomina Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición (AECOSAN). Sus objetivos más importantes son:

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El consejero de Salud, Martí Sansaloni, ha presidido la reunión del Consejo Autonómico de Seguridad Alimenticia de las Islas Baleares, que se ha celebrado en la Dirección General de Salud Pública y Consumo. Al acto han asistido el director general de Salud Pública y Consumo, Rafael Santiso, la directora general de Medio Rural y Marino, Margaret Mercadal, así como representantes de colegios oficiales y asociaciones empresariales.

Ésta es la reunión de constitución del Consejo de Seguridad Alimenticia después de su creación por medio del Decreto 12/2013, de 5 de abril, por el que se creó también la Comisión de Coordinación Administrativa.

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En el BOE núm. 245 de 12 de octubre de 2013 se ha publicado el Real Decreto 781/2013, de 11 de octubre, el que se establecen normas relativas a la elaboración, composición, etiquetado, presentación y publicidad de los zumos de frutas y otros productos similares destinados a la alimentación humana.

La normativa internacional y nacional, adapta las normas sobre elaboración, composición y etiquetado de los zumos de frutas y otros productos similares,  al progreso técnico.

La finalidad de esta decreto es la regulación sobre la elaboración, composición, etiquetado, etc., de los zumos de frutas y otros productos análogos para la alimentación del hombre.

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En el BOE núm. 175 de 23 de julio se ha publicado el Real Decreto 517/2013, de 5 de julio, mediante el cual se modifica otro anterior de 17 de junio, por el que se establecen las condiciones que deben cumplir las materias primas a base de materiales poliméricos reciclados para su utilización en materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos, hasta tanto se adopten las decisiones comunitarias pertinentes.

La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) está evaluando actualmente la seguridad de los procesos de reciclado de polietilentereftalato (PET).

La aprobación de este Real Decreto implica la ampliación de la autorización de comercialización y uso de materias primas a base de PET reciclado obtenido en España a aquellos materiales y objetos de plástico destinados a entrar en contacto con bebidas refrescantes.

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El 29 de junio de 2013 se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea el Reglamento (UE) 609/2013  del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de junio de 2013, relativo a los alimentos destinados a los lactantes y niños de corta edad, los alimentos para usos médicos especiales y los sustitutivos de la dieta completa para el control de peso y por el que se derogan la Directiva 92/52/CEE del Consejo, las Directivas 96/8/CE, 1999/21/CE, 2006/125/CE y 2006/141/CE de la Comisión, la Directiva 2009/39/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y los Reglamentos (CE) Nº 41/2009 y (CE) Nº 953/2009 de la Comisión.

Dicho Reglamento entrará en vigor el dia 19 de julio/2013. Su aplicación será a partir del 20 de julio/2016, excepto las disposiciones siguientes:

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