En el BOIB núm. 129, del 1 de octubre de 2024, se ha publicado la resolución del director general de Investigación en Salud, Formación y Acreditación, por la que se inicia el procedimiento por vía excepcional del Diploma de Acreditación en el Área Funcional de Paliativos en las Illes Balears.
Requisitos
Pueden obtener el Diploma de Acreditación en el Área Funcional de Paliativos en las Illes Balears al que se refiere la presente Resolución, los profesionales del colectivo de las profesiones sanitarias tituladas y reguladas, concretamente de los colectivos específicos de medicina, enfermería, psicología clínica, psicología general sanitaria y fisioterapia que en el momento de la solicitud ejerzan en las Illes Balears y acrediten los requisitos siguientes:
- Experiencia laboral
Acreditar, en los últimos diez años, un mínimo de cuatro años de práctica profesional, a tiempo completo, que se corresponderá, como mínimo, con la jornada ordinaria del personal estatutario de los servicios públicos de salud, en el conjunto de tareas incluidas en las competencias objeto de acreditación, dentro de la actividad de su puesto de trabajo, con evaluación del desempeño positiva, así certificada en el Sistema Nacional de Salud por la institución sanitaria correspondiente con arreglo a sus normas de procedimiento, o por aquella acreditada por la Comunidad Autónoma en los términos señalados en el artículo 1.2. del Real Decreto 639/2015, de 10 julio. Igualmente, se valorará el desempeño en instituciones sanitarias internacionales.
Si la actividad se realiza a tiempo parcial, deberá acreditarse una prestación de servicios equivalente.
La práctica profesional se debe haber realizado en unidades, equipos de soporte hospitalarios o domiciliarios de cuidados paliativos reconocidos por la Dirección General de Investigación en Salud, Formación y Acreditación de la Conselleria de Salud de las Illes Balears o U.67 autorizadas por la misma dirección general.
Dicha certificación especificará las fechas en las que el profesional ha desempeñado satisfactoriamente las competencias objeto de acreditación.
- Titulación
Estar en posesión de título de Máster o Experto Universitario en Cuidados Paliativos, oficial o título propio, impartidos por universidades o centros sanitarios que cumplan las condiciones y requisitos establecidos por la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, de la normativa establecida por la comunidad autónoma donde se encuentre ubicada, y el Real Decreto 640/2021, de 27 de julio, de creación, reconocimiento y autorización de universidades y centros universitarios, y acreditación institucional de centros universitarios. Todas las formaciones universitarias propias tendrán que adjuntar un código de verificación (a solicitar en el centro donde se cursó la formación si no está presente en el certificado).
Ambos requisitos deben cumplirse a 29 de enero de 2024, fecha de entrada en vigor del Acuerdo CISNS por el que se aprobó la creación de los Diplomas de Acreditación en el Área Funcional de Paliativos.
Plazo de presentación de solicitudes
La solicitud podrá presentarse, de forma única y excepcional, durante los seis meses siguientes a la fecha de publicación de esta resolución.
Más información en este enlace al BOIB.
[Fuente: BOIB núm. 129. 01/10/2024]
[Foto: Banc d'Imatges Infermeres / Infermera de PADES fa visita de seguiment a domicili / CC BY-NC-ND 2.0]